Energías renovables

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Descripción del proyecto

El proyecto declara y regula la incorporación en forma progresiva de sistemas de captación de energía solar de baja temperatura para la producción de agua caliente sanitaria en todos los edificios públicos e instalaciones públicas situadas en el Partido de Bragado. Asimismo es de aplicación en todo tipo de construcciones nuevas públicas implementadas por el municipio u otros entes públicos en el Partido de Bragado, como son: Nuevas edificaciones públicas en el ámbito de la municipalidad de Bragado; nuevos planes de viviendas a través de los diferentes sistemas de promoción, en el equipamiento comunitario y en las viviendas cuando sea posible; centros con uso deportivo, educativo y social, ampliaciones o modificaciones de edificios públicos ya existentes que involucren los sistemas sanitarios.

Fundamentos

De acuerdo al artículo 41 de la Constitución Nacional dice: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.” Asimismo la Ley 25019 de “Régimen Nacional de Energía Eólica y Solar” en su artículo 1 establece “Declarase de interés nacional la generación de energía eléctrica de origen eólico y solar en todo el territorio nacional”. También nuestro país adhirió al programa 21 de Naciones Unidas donde se dice en su punto 9.12 inciso f: “Examinar las diversas fuentes actuales de abastecimiento de energía para determinar en qué forma se podría aumentar la contribución de los sistemas energéticos ecológicamente racionales en su conjunto, en particular los sistemas energéticos nuevos y renovables, de manera económicamente eficiente, teniendo en cuenta las características sociales, físicas, económicas y políticas propias de los respectivos países, y estudiando y aplicando, según proceda, medidas para salvar cualquier obstáculo a su establecimiento y uso;..”. Teniendo en cuenta la normativa existente y dado que nuestra situación geográfica es sumamente privilegiada para la utilización de la energía solar como fuente energética, sumado a que la energía solar goza de numerosos beneficios que la sitúan como una de las más prometedoras, entre ellos que es: Renovable; Inagotable; No contaminante; Evita el calentamiento global; Reduce el uso de combustibles fósiles; Reduce las importaciones energéticas; Genera riqueza y empleo local; Contribuye al desarrollo sostenible; Es modular y muy versátil, adaptable a diferentes situaciones; Permite aplicaciones para generación eléctrica a gran escala y también para pequeños núcleos aislados de la red, y que además está disponible en todo el planeta, y que contribuye al desarrollo sostenible y a la generación de empleo en las zonas en que se implanta, es que promovemos este proyecto para que desde el municipio se promuevan estas prácticas sustentables.

Gacetilla de prensa