El proyecto prohíbe a los funcionarios públicos del Municipio de Bragado que contaren entre sus facultades funcionales con las de realizar nombramientos y contrataciones permanentes o provisorias en la función pública municipal, ejercer dicha facultar en relación a parientes propios en razón de la naturaleza (con sanguíneos) en línea recta (ascendentes y descendentes) y colateral hasta el segundo grado; su cónyuge y/o pareja conviviente con la que mantuviera una unión convivencial; parientes por afinidad en igual medida y grado que respecto a familiares propios por consanguinidad; parientes por consanguinidad de cónyuge y/o pareja conviviente con quien mantuviera una unión convivencial en igual grado que en relación a los propios. Esta prohibición no se aplicará en los casos en los que mediaren personas designadas y/o a designar mediante procesos de selección por concurso público de antecedentes o que cuenten con estabilidad en el cargo.
Este proyecto viene a reafirmar un pedido de todos. La transparencia, el control y la eficiencia en la gestión pública es una demanda permanente de la sociedad democrática, en parte dirigida al conjunto de las fuerzas políticas para que continúen en la búsqueda de los mecanismos legislativos que conduzcan al logro de aquellos fines. Por tal motivo es clave avanzar en una ordenanza en donde se fijen expresamente una serie de prohibiciones e incompatibilidades del funcionario para no dejar grises en casos específicos, evitando el abuso del nombramiento de familiares por entender que viola el acceso igualitario al Estado, corrompe los principios de transparencia, entre otros. Muchos municipios de la Provincia de Buenos Aires, oficialistas y opositores al gobierno, ya se han sumado a los decretos del ejecutivo nacional y provincial resaltando en todos los casos que la medida es positiva y viene a sumar mayor transparencia y credibilidad.